Los franquistas son los que queman el bosque i encima quieren pasar por ser los bomberos que apagan el fuego del bosque.



“El tribunal constitucional sufre una intolerable campaña de desprestigio”. Según declaro la presidenta del tribunal constitucional María Emilia Casas.

La presidenta del Tribunal Constitucional, con todos mis reconocimientos para su persona, confunde desprestigio con lucha política.
Otra cosa es que en función de las características de la lucha política se genera un desprestigio del instrumento del Estado que se utiliza para ello. Por desgracia siempre ha sido así, especialmente cuando quien lleva la voz cantante en la lucha política es la ultraderecha, es decir en el caso español el franquismo.
En la democracia moderna no hay ningún instrumento de la sociedad i del estado que esten al margen de la lucha política. Es la democracia. La cuestión es saber, conocer o comprender el carácter i el fondo de la lucha política que se esta realizando.

El franquismo tiende a realizar la lucha política con el objetivo de paralizar el desarrollo de la sociedad, para paralizar la profundización i desarrollo de la democracia. Su ultra conservadurismo se expresa, tras haber colocando frenos a la concreción de la Constitución democrática en Espanya, en sacralizar la lectura mecánica, fundamentalista e institucionalista de la Constitución aprobada i lo hacen frenando cualquier desarrollo, que la vida muestra como necesario, de la democracia, de la estructura productiva o de la Constitución.

Lo han hecho siempre.

Hemos visto en el tipo de “oposición bronquista” que realizan sin plantear propuestas; sus “pataletas” en el congreso; repitiendo hasta la saciedad calificativos i desautorizaciones simplistas; utilizan las mismas tácticas que los partidos ultraderechistas alemanes en el periodo de los 30; se apropian del lenguaje popular cambiando los contenidos de los conceptos tradicionales.

Los franquistas son los que queman el bosque i encima quieren pasar por ser los bomberos que apagan el fuego del bosque.

¿Que esperaba la señora presidenta en relación al interés que tenia el PP en este recurso?. No estamos hablando de un recurso de una ley del Parlamento, para la aplicación de políticas de gobierno modificable por cualquier otro gobierno.

El debate es otro.

Estamos hablando del Estatut como pacto político de partes para el desarrollo del artículo VIII de la Constitución. Estatut que se discute i se aprueba en el parlamento de Catalunya, que se rebaja en el encuentro entre Artur Mas i Zapatero en la reunión de la Moncloa, que lo discuten en Las Cortes (parlamento de Espanya) i en la realización de un referéndum con la aprobación del pueblo de Catalunya.
Es decir estamos hablando del procediminto que se planteo en el periodo de discusión de la Constitución sobre el posterior desarrollo del articulo VIII que tengo muy presente i lo viví en el debate de la Constitución.

He visto posteriormente que Javier Pérez Royo (Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla), en un artículo publicado en el Periódico titulado el pacto constituyente y el Estatut: dudas sobre la legitimidad de una sentencia,explica muy bien las bases jurídicas i el proceso que debe seguirse para el desarrollo del artículo VIII de la Constitución en el caso de las autonomías del artículo 151 de la Constitución:

“La última palabra en la defensa del principio de unidad política del Estado la tienen las Cortes. La última palabra en la defensa del derecho a la autonomía la tienen los ciudadanos de la nacionalidad o región afectada. Este es el núcleo esencial del pacto constituyente.

En ningún momento en todo el debate constituyente, el Tribunal Constitucional figuró como guardián del principio de unidad o del derecho a la autonomía en el momento en que la nacionalidad o región decide constituirse en comunidad autónoma. En ningún momento. Quitarle la última palabra a las Cortes y a los ciudadanos de la nacionalidad afectada, a los ciudadanos de Catalunya, por ejemplo, supone la ruptura del pacto constituyente en el que descansa la legitimidad del Estado autonómico.”

El PP ha trasladado al Tribunal Constitucional, a mi modesto entender, algo ajeno al Tribunal, es decir, la discusión política del pacto entre partes realizado con los instrumentos de soberanía como son Las Cortes, el Parlament de Catalunya i el posterior referéndum por parte del pueblo de Catalunya, se traslada al Tribunal Constitucional.

A mi modesto entender el Tribunal Constitucional si tiene que existir es para otros menesteres: ser útil para otras cuestiones. El PP esta utilizando el Tribunal Constitucional para situarlo al servicio de su estrategia para obtener mayoría en las cortes i ocupar el gobierno. Una estrategia electoral.

Al PP le importa “tres pepinos” el Estatut de Catalunya porque le importa “tres pepinos” Cataluña. No tolera la cultura moderna de Cataluña; no le importa la situación social de Catalunya; no le gusta la situación institucional política de Catalunya; no tolera que sea motor económico i no le gusta la andadura económica de Catalunya, aun a sabiendas que su actitud esta perjudicando a los españoles. Eso si, sabe que beneficia a los sectores de la oligarquía mas reaccionarios. Es “su proyecto” económico de Espanya.

Como puede entenderse que una parte de los Estatutos que se han desarrollado en Espanya tengan artículos copiados del Estatut i el PP ha impugnado el Estatut de Catalunya pero no consecuentemente a los otros Estatutos de regiones que se han aprobado.

Al PP Lo que le interesa son tres cosas 1.- Frenar el desarrollo Federalista del Estado de las Autonomías. 2.- Armar la bronca con método franquista para demostrar que el país no funciona, intentando .paralizar al país para sacar “tajada” electoral. 3.- Que la salida de la crisis la paguen los trabajadores.

Un viejo amigo decía cuando se lleva al limite el “infantilismo fascista” en el fondo lo que ellos acusan es de lo que psicológicamente le gustaría realizar. Es una traición del subconsciente.

Los franquistas junto con los autoproclamados “jacobinos” están forzando una revisión de la Constitución “por arriba” i enmarcar el proceso en un marco de negociación i transacción del llamado método de ”cambio de cromos” i no hacerlo como desarrollo “por abajo” según la experiencia i desarrollo del articulo VIII de la Constitución.
El primer método actualmente no es democrático, pues no estamos en un proceso constituyente, el segundo es democrático i participan las instituciones de mayor representación política, aquellas donde reside la soberanía junto con los pueblos afectados, además de ser el espirito constituyente del momento histórico.

Pretenden hacer un “cambio de cromos” de algunas cuestiones interpretadas del neoliberalismo, del postmodernismo, del autoritarismo… a cambio de aceptar algunos elementos del Estatut.

Mal asunto.

Es curioso. Aquí coinciden los franquistas con una parte de las izquierdas que quieren llamarse “jacobinos”.
Plantean el debate en términos: proceso Constituyente o proceso de desarrollo del articulo VIII según la experiencia vivida.

Tres años i medio de funcionamiento del Estatut i se ha desarrollado el 70% sin ningún problema.
¿Si hemos utilizado el camino correcto de un pacto entre partes porque debe intervenir el Tribunal Constitucional?.

A modo de conclusiones.
1.- La sentencia, si la hay, será anticonstitucional.
2.- Pretenderá cambiar las reglas de juego, establecidas por una Constitución que mayoritariamente se ha considerado excepcional i consensuada.
3.- El Tribunal Constitucional, al no renovarse, esta fuera de la Constitución. La Constitución obliga a renovarse obligatoriamente.

Las preguntas que se nos plantea son:
Que hacer?
A quien podemos recurrir?

Como puede ser que quienes se supone tendrían que tener “sentido común” nos coloque en un callejón sin salida constitucionalmente i políticamente.
Tendremos que medir las respuestas con la prudencia que no tiene el Tribunal Constitucional para estar a la altura del momento histórico del proceso constituyente.

No es fácil porque el franquismo pretende tenernos en una crisis política permanente para beneficiarse políticamente, nosotros tendremos que agrupar “las fuerzas de la razón” de Espanya.

A quien podemos recurrir?
Volver a empezar el proceso? no es posible.
Recurrir a algún tribunal Europeo: ¡vaya numero!.
Recurrir(o pedir amparo) al ciudadano Juan Carlos? ¡vaya marrón!.

Tendremos que tener “seny”. Es difícil cuando no hay corresponsabilidad constitucional por parte de otros.

Atención de ultima hora. Me llega la información que el Parlamento de Catalunya tomara una iniciativa. Vamos a ver. Tendremos tiempo de comentarla.

marià pere.
25.04.10.

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